¿Que te embargan primero la nómina o la cuenta?

En el mundo de las finanzas personales, una de las preocupaciones más comunes es qué sucede cuando se tiene una deuda pendiente y se enfrenta al riesgo de un embargo. Una de las preguntas más frecuentes es si es posible que embarguen la nómina y la cuenta bancaria al mismo tiempo. En este artículo, se abordará esta cuestión de forma detallada, de acuerdo con la normativa vigente en España.

Embargo de la nómina o la cuenta: ¿Qué se embarga primero?

De acuerdo con la normativa española, en caso de un embargo, se establece que primero se requisarán los ahorros y el dinero en efectivo de una cuenta bancaria antes que la nómina. Esto significa que, en caso de tener ahorros en una cuenta bancaria, estos serán embargados primero antes de afectar al salario mensual.

Es importante tener en cuenta que existen ciertas cantidades que están protegidas y que no pueden ser embargadas. Según la ley, se establece como inembargable una cantidad equivalente al Salario Mínimo Interprofesional en vigencia, que en la actualidad se sitúa en 1.080 euros. Esto significa que, aunque se tenga una deuda pendiente, se garantiza que se podrá disponer de una cantidad mínima para cubrir las necesidades básicas.

Proceso de embargo de la nómina y la cuenta bancaria

El proceso de embargo de la nómina y la cuenta bancaria comienza con una notificación por parte de un juez o del propio acreedor. En esta notificación se informa al deudor sobre la cantidad exacta que se le va a embargar y se le da la oportunidad de presentar alegaciones si considera que la cantidad es incorrecta o si tiene algún motivo justificado para no ser embargado.

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Una vez que se ha notificado el embargo, la entidad bancaria procederá a bloquear la cantidad especificada en la cuenta del deudor. Posteriormente, se realizarán las gestiones necesarias para transferir ese dinero al acreedor. En caso de que la cantidad embargada sea insuficiente para cubrir la deuda, posteriormente se podrá proceder al embargo de la nómina.

Embargo de la nómina

En el caso del embargo de la nómina, la cantidad que se puede retener está limitada por la ley. Según la normativa vigente, la cantidad que puede ser embargada de la nómina no puede superar el 30% de los ingresos netos del deudor. Esto significa que, a pesar de tener una deuda pendiente, se garantiza que se mantendrá un porcentaje de la nómina para cubrir los gastos básicos.

Es importante tener en cuenta que la retención de la nómina se mantendrá de forma continuada hasta que se haya saldado la totalidad de la deuda. Además, en caso de que el deudor tenga más de una deuda pendiente, se establecerá un orden de prioridad en los embargos, garantizando siempre el cumplimiento de la normativa establecida.

¿Qué opciones tiene el deudor?

Ante la situación de enfrentarse a un embargo de la nómina y la cuenta bancaria, es fundamental que el deudor conozca cuáles son sus opciones y cómo puede actuar para gestionar de la mejor manera posible esta situación. Algunas de las opciones que puede considerar son:

Negociar con el acreedor

Una de las posibilidades es tratar de llegar a un acuerdo con el acreedor para establecer un plan de pagos que sea viable para ambas partes. En muchos casos, los acreedores están abiertos a negociar y a encontrar una solución que permita saldar la deuda de forma gradual sin afectar de manera drástica a la situación financiera del deudor.

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Recibir asesoramiento financiero

Otra opción es buscar asesoramiento financiero para evaluar la situación de manera objetiva y establecer un plan de acción adecuado. Un asesor financiero podrá proporcionar orientación sobre cómo gestionar el embargo de la nómina y la cuenta bancaria, así como ofrecer consejos sobre cómo mejorar la gestión financiera en el futuro.

Recurrir a la vía judicial

En casos extremos, si el deudor considera que el embargo es injustificado o desproporcionado, puede recurrir a la vía judicial para presentar alegaciones y defender sus derechos. En estos casos, es fundamental contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho financiero que pueda representar al deudor en el proceso legal.

Conclusión

En resumen, en caso de enfrentarse a un embargo de la nómina y la cuenta bancaria, es importante conocer cuál es el proceso que se seguirá y cuáles son las opciones disponibles para gestionar la situación de la mejor manera posible. La normativa establece que primero se embargarán los ahorros y el dinero en efectivo antes que la nómina, garantizando siempre una cantidad inembargable equivalente al Salario Mínimo Interprofesional en vigencia.

Ante esta situación, es fundamental mantener la calma y buscar asesoramiento para tomar las decisiones adecuadas y encontrar la mejor solución para saldar la deuda de forma viable. Con la información adecuada y la orientación necesaria, se podrá gestionar de manera efectiva un embargo de la nómina y la cuenta bancaria, protegiendo siempre los derechos del deudor.

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